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La colonización de Sierra Morena y Andalucía de 1767-1768 y
el Fuero de las Nuevas Poblaciones

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A cada vecino Poblador se le darà, en lo que llaman navas ò campos, cincuenta fanegas de tierra, de labor, por dotacion y repartimento suyo: bien entendido que si alguna parte del terreno del respectivo lugar fuere regadìo, se repartirà à todos proporcionalmente lo que les cupiere, para que puedan poner en èl huertas, ù otras industrias proporcionadas à la calidad, y exigencia del terreno, quedando de cuenta de los Pobladores el abrir la zanja ò acequia para el riego, y acudir à sus reparos con igualdad, respecto à prorratearse entre todos el disfrute.

(Artículo VIII de "Real Cédula de Su Magestad, y Señores de su Consejo, que contienen la Instrucción, y Fuero de población, que se debe observar en las que se formen de nuevo en la Sierramorena con naturales, y estrangeros Católicos - Madrid, 5 de julio de 1767")

Varas, fanegas y otras unidades de medida

 
Por poco que se busque o se consulte información sobre la colonización de Sierra Morena y Andalucía aparecerán con frecuencia unidades de medida de la época, desconocidas para la mayoría, y que hoy en día están generalmente fuera de uso. Un ejemplo claro son aquellas "cincuenta fanegas de tierra, de labor" que teóricamente recibirían los colonos al llegar a su destino; otras unidades de medida "desconocidas" que pueden aumentar nuestro desconcierto son las varas, los pies, etc.
Y antes de que desesperéis os explicaremos el final: Una fanega de sembradura o fanega (fanega superficial) son de forma general 6439.5617 m²; y más concretamente en Fuente Palmera y en la provincia de Córdoba 6121.2287 m². Aunque es mejor si continuáis leyendo.
 

Cincuenta fanegas de tierra

Una fanega es una unidad de medida de capacidad para áridos y de un valor muy variable para cada lugar. Una fanega de puño, o fanega de sembradura, es el espacio de tierra en que se puede sembrar una fanega de trigo. Una fanegada o fanega de tierra es precisamente la medida superficial agraria de la que queremos conocer su extensión.
En casi todos los textos consultados, cuando se habla de la medida de superficie la palabra que se utiliza más habitualmente es "fanega", sin más, en lugar de lo que sería académicamente correcto: fanegada, fanega de sembradura o fanega de tierra.
 
Estas son las definiciones on line para fanega, fanega de sembradura, fanega de tierra y fanegada de la Real Academia Española de la Lengua (RAE)
fanega: Medida de capacidad para áridos que, según el marco de Castilla, tiene 12 celemines y equivale a 55,5 l, pero es muy variable según las diversas regiones
  de España.
fanega de puño o fanega de sembradura: Espacio de tierra en que se puede sembrar una fanega de trigo.
fanega de tierra: Medida agraria que, según el marco de Castilla, contiene 576 estadales cuadrados y equivale a 64,596 áreas, pero varía según las regiones.
fanegada: Fanega de tierra.
Ahora ya podemos pasar fácilmente de áreas a m² (resultarían 6459,6 m²) y podríamos, por segunda vez, cerrar el tema. Pero no lo vamos a hacer todavía porque el valor indicado on line por la RAE no es correcto (esta afirmación la repetiremos posteriormente), pues el valor de 6439,5617 m² que hemos dado en primer lugar es claramente distinto. Por lo tanto vamos a intentar deducirlo nosotros empezando a buscar un poco antes en el tiempo:
 
En el Diccionario de la Lengua Castellana de la Real Academia Española, edición de 1732, encontraremos las siguientes definiciones:
fanega: Medida de granos y otras semillas que contiene doce celemines, y es la quarta parte de lo que en castilla llaman una carga de trigo, porque cabiendo en  
  ella cerca de quatro arrobas de trigo, puede llevar un macho quatro fanegas.
fanega de sembradura: El espacio de tierra en que se puede sembrar una fanega de grano.  
fanega de tierra: El espacio de tierra que contiene quatrocientos estadales quadrados, y en las dehesas quinientos.  
fanegada: Lo mismo que fanega de tierra u de sembradura.  
Estas definiciones no nos son de mucha utilidad, no sólo no nos ayudan a saber cuántos metros cuadrados o hectáreas son una fanega sino que nos traen dos interrogantes nuevos: ¿Que es un estadal? y ¿Cuántos estadales debemos contar, 400 o 500?
En la primera edición posterior de este diccionario de la RAE que hemos podido consultar, la edición del año 1780, encontramos idénticas definiciones que en la que acabamos de ver del año 1732.

Seguimos una línea cronológica donde citamos en todo momento el primer diccionario que hemos encontrado, de los que hemos podido tener acceso, con un cambio en la definición. La décima edición (1852), con respecto a las palabras consultados, es igual a la de 1826; la siguiente que hemos podido consultar es la de 1899 (decimotercera edición), por tanto no sabemos si por en medio ha habido cambios.

A pesar de que ya nos salimos un poco de la época en la que nos deberíamos mover, alrededores de 1767, si consultamos una edición de 1826 (que es una edición abreviada de la de 1822) encontraremos algunos cambios y añadidos nada animosos: Ahora además de no saber si debemos contar 400 o 500 estadales, unidad que todavía no sabemos que es, ¡resulta que el valor de la fanega depende como mínimo de la provincia!
fanega: Medida de áridos que hace doce celemines.  
fanega de puño o de sembradura: El espacio de tierra en que se puede sembrar una fanega de trigo.  
fanega de tierra: El espacio de tierra que contiene quatrocientos estadales quadrados, y en las dehesas quinientos. Esta medida es mayor en unas provincias  
  que en otras.
fanegada: Fanega de tierra.  
 
Vamos ahora cronológicamente un poco más adelante y consultamos la decimotercera edición (1899); aquí ya tenemos unos equivalentes en el Sistema Métrico Decimal que sabemos entender bastante mejor, aunque resulta que nos lo han cambiado todo: Ya no son ni 400 ni 500 estadales, ahora tenemos que contar 576 estadales, y continuamos con que el tamaño de la fanega es diferente según a qué provincia.
fanega: Medida de capacidad para áridos que según el marco de Castilla tiene 12 celemines y equivale a 55 litros y medio, pero este volumen es muy variable  
  según las diversas regiones de España.
fanega de sembradura: Espacio de tierra en que se puede sembrar una fanega de trigo.  
fanega de tierra: Medida agraria que según el marco de Castilla contiene 576 estadales cuadrados, y equivale a 64 áreas y 596 miliáreas. Su valor no es igual en  
  todas las provincias de España.
fanegada: Lo mismo que fanega de tierra u de sembradura.  
 
Otra opción es consultar on line la vigésimo segunda edición del diccionario de la Real Academia donde obtendremos la siguiente definición de fanega de tierra, que veremos que no cambia casi nada si la comparamos con la de antes de 1899:
fanega de tierra: Medida agraria que, según el marco de Castilla, contiene 576 estadales cuadrados y equivale a 64,596 áreas. Esta cifra varía según las  
  regiones.
 
Tal y como nos indican las últimas definiciones de "fanega de tierra" este valor de superficie es muy variable entre provincias e incluso lo es de pueblo a pueblo; esto entre otros motivos puede tener su explicación en la cosecha que se obtenga en cierta superficie habiéndola sembrado con una fanega de grano, dependiendo por lo tanto de la calidad de la tierra y de si esta es de secano o regadío.
En definitiva: No hay en ninguna parte una definición que nos diga que una fanega es esto y sólo esto, o que una fanega vale tanto y sólo tanto.
Si esta cifra es tan variable ¿porque nos dan desde hace muchos años un valor en concreto en el diccionario de la RAE? Pues simplemente porque este es el valor único para la fanega que por ley debería, o había, de contemplar en compraventas, herencias o en papeles oficiales como un intento más, de los muchos que ya hace siglos había habido por Castilla , para unificar las diversas unidades de medida. Sin embargo las diferencias y variantes del valor de la fanega se mantienen aún hoy en día.

Para que no haya dudas: 1 área son 100 m² y 1 hectárea (ha) son 10.000 m² (que podrían ser un cuadrado de 100 metros x 100 metros). A partir de aquí y con lo dicho hasta ahora ya podríamos calcular el valor de longitud en metros de un estadal, o el valor de superficie en metros cuadrados de un estadal cuadrado, y ya podríamos cerrar el tema. Pero no lo haremos porque el valor para una fanega de 64.596 áreas, del diccionario de la Real Academia Española, no es correcto y no corresponde a ninguna variante local; por lo que hemos visto, se arrastra esta errata al menos desde 1899. El valor correcto para una superficie de una fanega lo encontraremos y lo sabremos si leemos un poco más abajo a partir de otra fuente; Este valor es aproximadamente de 64.396 áreas o de 0,64396 ha.

¿Cuantos metros son un estadal? ¿Y una vara?

Para calcular o comprobar por nuestra cuenta cuántas hectáreas o metros cuadrados son una fanega necesitamos saber el valor (y en qué unidades) de un estadal. Si empezamos consultando el diccionario de la RAE de 1732 nos dice:
estadal: Medida que se toma y forma de lo largo que tiene un hombre de pies a cabeza, u de las puntas de los dedos de una mano, a las de los dedos de la otra,  
  extendiendo los brazos. Con esta medida se suelen medir de ordinario las tierras y heredades, para las compras y ventas, y se dice que tal tierra tiene tantos estadales de largo y tantos de ancho.
 
Poco nos ayuda esta definición ya que no nos da ningún patrón único de medida. Si consultamos la edición de 1826 parece que nos acercamos un poco más pero nos lo dice en unas unidades de medida (varas y pies) que aún nos son desconocidas.
estadal: Medida de tierra que comúnmente consta de tres varas y dos tercias en cuadro, o que tiene once pies.  
 
La edición de 1852 ya añade que hay variantes locales y que no encontraremos un único valor, como sucedía con las fanegas. Y todavía no sabemos cuanto es, en metros, una vara.
estadal: Medida cuadrada de tierra que comúnmente consta de tres varas y dos tercias u once pies de lado; en algunas provincias varia según la costumbre.  
 
La edición de 1899 nos da una información más comprensible para nosotros, ya que lo hace con una aproximación en unidades del Sistema Métrico Decimal:
estadal: Medida de longitud que tiene cuatro varas, equivalente a poco mas de 3 metros y 34 centímetros.  
 
Ya tenemos una idea de lo que es y de qué valor tiene un estadal y también de cuánto es aproximadamente una vara: si un estadal, que son unos 3 metros y 34 centímetros, son cuatro varas entonces una vara son (dividiendo 334/4 = 83,5) aproximadamente 0,835 metros, o 83 centímetros y medio; pero quizás todavía nos queda el regusto de la definición de antes (la de la edición del diccionario de 1852) de que el estadal eran tres varas y dos tercias (once pies) y ahora nos dicen que son cuatro varas (doce pies) y que localmente han variantes.
¿A quién nos creemos? Pues a nadie, siempre hay que consultar el valor local tanto de la fanega como del estadal, además de comprobar qué referencia o unidad básica se utiliza, es decir el tipo de vara. Normalmente será la vara de Burgos (que comentaremos en el siguiente apartado), pero hay otras como la vara de Toledo (equivalente a 0.837 metros) o la de Madrid (0.843 metros).
Cuidado porque hay definiciones que dicen que el estadal es una unidad de superficie y otras, como la última, nos dice que es una unidad de longitud. Quedémonos con que es una unidad de longitud que se aplica en general para medir superficies de tierra, donde deberíamos, más correctamente, decir "estadal cuadrado"; al igual que la fanega lo es de capacidad aunque la aplicamos a superficies y donde deberíamos decir "fanega superficial". El tema sobre el que en cierto momento estemos leyendo o hablando nos indicará qué tipo de unidad es.
 

Valores oficialmente correctos de una vara, de un estadal y de una fanega de sembradura o fanega

La Gaceta de Madrid, antiguo Boletín Oficial del Estado, en el número de 28 de diciembre de 1852 publicó unas  

 

Gaceta de Madrid, número 6763
28 de diciembre de 1852.
"Tablas de correspondencia reciproca entre las pesas y medidas métricas mandadas emplear en España por la ley de 19 de Julio de 1849, y las que actualmente están en uso, según resulta de los trabajos ejecutados en los años 1798 a 1800 por Don Gabriel Ciscar y Don Agustín Pedrayes, y de las comparaciones hechas actualmente por la Comisión de pesas y medidas entre los tipos métricos que existen en el Conservatorio de Artes y los modelos que les han remitido las provincias, todo en cumplimiento de lo que previene el art. 7º de la citada ley".
Estas tablas quieren ser una mejora de las publicadas en un número anterior de la Gaceta de Madrid, de 29 de junio de 1851, donde redondeaba el valor de referencia o patrón adoptado de la vara de Burgos con sólo 3 decimales, dándole un valor de equivalencia de 0.836 metros y cambiando también el redondeo de alguna otra medida superficial.
En el apartado de "Medidas y pesas legales de Castilla", que son la referencia para el resto de unidades de medida de cada provincia, nos indica, entre otros, los siguientes valores:
La vara de Burgos vale 0 metros, 835905 millonesimas de metro.
La fanega superficial de 9216 varas quadradas, llamada de marco real vale 64 áreas, 39 centiáreas, o metros
  cuadrados, 56 decímetros id., 17 centímetros id.
Ya hemos conseguido saber un valor en metros para la vara y además vemos que la llaman "de Burgos", también es conocida como vara de Castilla; la fanega superficial de 9216 varas cuadradas se llama de marco real para indicar que está calculada con referencia a la vara de Burgos y su valor oficial en 1852 en unidades del Sistema Métrico Decimal es de 64,395617 áreas o 0,64395617 hectáreas (ha).

Aquel valor de 9216 varas cuadradas nos indica que una fanega de marco real tiene 96 varas de longitud por lado (96 x 96 = 9216, o más correctamente 9216 = 96), y si cada estadal son 4 varas también podemos decir que la fanega tiene 24 estadal de longitud por lado (96 / 4 = 24). A partir de este último valor podemos decir que una fanega tiene 576 estadales cuadrados de superficie (24 x 24 = 576).
Si vamos un poco más atrás en el tiempo encontraremos una orden de Carlos IV, de 26 de enero de 1801, de "igualación de pesos y medidas para todo el Reyno por las normas que se expresan" donde se indica también que el patrón será "la vara que se conserva en el archivo de la ciudad de Burgos" y añade, entre otras normas:
El estadal para medir las tierras será de quatro varas o doce pies de largo.  
En cuanto a la fanega de sembradura dice:
La fanega de tierra será un quadro de veinte y quatro estadales de lado, o tendrá de superficie quinientos setenta y seis estadales quadrados; esta  
  fanega de tierra se dividirá en doce celemines, y cada celemin en quatro quartos o quartillos.

Ahora podemos hacer el razonamiento anterior al revés: 576 estadales cuadrados son un cuadrado de 24 estadal por lado (576 = 24), y si cada estadal son 4 varas entonces cada lado son 4 x 24 = 96 varas. Una fanega es por tanto una superficie de 96 x 96 = 9216 varas cuadradas.
O más directamente: 576 (estadal cuadrados) x 16 (varas cuadradas / estadal cuadrado) = 9216 varas cuadradas.
 
Para pasar esta cantidad de 9216 varas cuadradas a metros cuadrados lo podemos hacer convirtiendo las 96 varas de los lados a metros con la equivalencia oficial ya conocida de: 1 vara = 0.835905 metros, por lo tanto 96 varas x 0,835905 (metros / vara) = 80,24688 metros por cada lado,
Por lo tanto una fanega son 80.24688 m x 80.24688 m = 6439,5617497344 m² (que si eliminamos decimales y lo pasamos a áreas o hectáreas coincide con lo que ya sabíamos).

En resumen, y de momento, si hablamos de superficie podemos decir que a 26 de enero de 1801 una fanega o fanega de sembradura son 64.395617 áreas o 0.64395617 hectáreas (ha) o 6439.5617 m². Atención porque en algún texto y por Internet hay un error que se propaga de que son 64.596 áreas o 6.459,6 m².

Otros valores para una fanega de sembradura y para un estadal

En el párrafo anterior hemos dicho que 64.395617 áreas era "de momento" el valor de una fanega, y también hemos ido viendo que en todas las definiciones se recalca que este valor es variable y que depende del lugar, incluso entre un pueblo y el pueblo vecino.
Dos autores muy representativos para nosotros utilizan dos equivalencias diferentes para trasladar el valor de la fanega de superficie a hectáreas. No criticamos a ninguno de los dos autores por la opción elegida, simplemente lo exponemos como una muestra del desacuerdo o de la dificultad que puede haber al intentar encontrar las equivalencias de unas superficies en hectáreas o metros cuadrados a partir de su valor en fanegas establecido en el siglo XVIII. De aquí nos surge otra duda que al igual que nosotros pudieron tener entonces, en el supuesto de que actuaran honradamente o de buena fe a la hora de medir las 50 fanegas de las suertes: ¿Qué fanega elegían? ¿La de Córdoba? ¿La de Madrid? ¿La de Burgos o de Castilla?
En este trabajo nuestro sobre Fuente Palmera hemos observado que María Isabel García Cano, en su libro "La colonización de Carlos III en Andalucía. Fuente Palmera 1768-1835", usa por sus cálculos de superficie y convertir las fanegas al Sistema Métrico Decimal el valor de equivalencia de 0,64 hectáreas (1 fanega = 0,64 ha) que suponemos que es un redondeo a dos cifras del valor conocido de 0,64395617 ha; es decir que ella considera la fanega de marco real pero sólo lo aplica con dos cifras; otra posibilidad, que consideramos sin embargo demasiado lejana, sería que usara la fanega de Écija que según sus Respuestas Generales del Catastro del Marqués de la Ensenada de veinte de abril de 1751 sería equivalente a 0,6406 ha.
En cambio Francisco Tubío Adame en "Historia de la colonia de Fuente Palmera 1768-1900" utiliza el valor de 0,6121 hectáreas (1 fanega = 0,6121 ha) que es lo que corresponde, en 4 cifras, a la fanega que se utiliza en la ciudad y provincia de Córdoba según la Gaceta de Madrid de 28 de diciembre de 1852 y también en las Respuestas Generales del Catastro del Marqués de la Ensenada de la ciudad de Córdoba de once de agosto de 1752.

Catastro de Ensenada - Cordova 1752

Fragmento de la respuesta de Córdoba a la pregunta: "De qué medidas de tierra se usa en aquel pueblo ..." del conocido como Catastro de Ensenada iniciado el 1749.
 

 

Gaceta de Madrid - Sisitema Metric - 1852

 
Fragmento de las "Tablas de correspondencia reciproca entre las pesas y medidas métricas mandadas emplear en España ..." correspondiente a las unidades de medida de la provincia de Córdoba publicadas en la Gaceta de Madrid de 28 de diciembre de 1852.
 
Considerando la equivalencia ya conocida de 1 vara = 0,835905 m, este último valor de 0,6121 hectáreas es lo que resulta de una fanega superficial de 8760 y 5/12 varas cuadradas compuesta de 666 y estadales cuadrados, siendo aquí cada estadal longitudinal de 3 y varas (3,625 varas) o 10 y pies (10.875 pies); recordemos que una vara son tres pies (1).
Otro detalle que ya habíamos comentada es que, al igual que el de la fanega, el valor del estadal también dependía de la costumbre local, y así lo podemos ver ahora en el caso de la fanega de Córdoba que considera un estadal de 10 pies y no el de 12 pies como se pretendería en unos años posteriores (el 26 de enero de 1801 durante el reinado de Carlos IV) con la "igualación de pesos y medidas para todo el Reyno por las reglas que se expresan" que ya hemos comentada anteriormente (2).
 
(1) El cálculo, con 10 cifras, es el siguiente: 666 i estadales² x 3,625² (varas²/estadal²) = 8760,416666 varas² = 8760 i 5/12 varas²

y su equivalente en metros cuadrados: 666 i estadales² x 3,625² (varas²/estadal²) x 0,835905² (metros²/vara²) = 6121,228741 m²

(2) En las "Respuestas Generales del Catastro del Marqués de la Ensenada" de la ciudad de Córdoba (1752) y a la pregunta número nueve sobre "De qué medidas de tierra se usa en aquel pueblo: de cuántos pasos o varas castellanas en cuadro se compone, qué cantidad de cada especie de granos de los que se cogen en el término se siembra en cada una" se dice : "... y cada fanega de tierra comprehende seiscientos sesenta y seis estadales, y dos tercios de otro, que hacen ocho mil setecientas, y sesenta varas, y dos veinte y un abos deotra en quadro, y cada Estadal tiene tres varas , y cinco octavas ..."
El 1752 al calcular o al transcribir la copia alguien debió equivocarse, porqué los "dos veinte y un abos" deberían ser los 5/12 que resultan de multiplicar los estadales superficiales (666 y 2/3) por las varas (3,625 x 3,625) de cada estadal que suponemos escritos correctamente y que podemos encontrar en otras respuestas de otros pueblos de Córdoba cercanos a la futura Fuente Palmera, como Guadalcazar, Hornachuelos o Palma del Río. En cualquier caso si hacemos el cálculo de pasar 8760 y 2/21 varas² o 8760 i 5/12 varas² a hectáreas (0,6121004... ha frente a 0,6121228... ha) no resulta ninguna diferencia si se trabaja con 4 cifras.

La imagen anterior del fragmento de la respuesta de Córdoba a la pregunta número 9 del interrogatorio del Catastro de Ensenada la podréis encontrar buscando en la provincia de Córdoba en el siguiente enlace de Archivos Estatales - Ministerio de Cultura (clicar en la parte inferior, Buscador de localidades) o bien desde el siguiente enlace si queréis acceder al inicio de la explicación y de los documentos del Catastro de Ensenada.


Una observación

Interrogatori Catastro de Ensenada - Cordova

Si lo que os interesa del Catastro de Ensenada es la provincia de Córdoba, una vez hayáis pulsado "Buscador de localidades" y "Córdoba" en busca de poblaciones, encontrareis la pantalla de la imagen de la izquierda, o similar, donde erróneamente se asocia la población de Aldea del Río con Fuente Palmera.
No es la Aldea del Río que correspondería a uno de los nombres anteriores de Ochavillo del Río, una de las aldeas asociadas a Fuente Palmera, dado que en 1752, que es el año de este documento, aún no se había fundado ninguna de las Nuevas Poblaciones y por tanto tampoco se habían fundado ni Ochavillo del Río ni Fuente Palmera.
Como es sabido y conocido, Aldea del Río es un nombre anterior de la actual Villa del Río, ya que como indican las respuestas a la pregunta 3 del interrogatorio del Catastro de Ensenada su término municipal limita actualmente, y al igual que en 1752, con Lopera, Montoro y Bujalance; situados todos, si lo miramos desde Fuente Palmera, en el otro extremo de la actual provincia de Córdoba y junto a la de Jaén.

Un último comentario

Transformar con seguridad el valor de la superficie de un terreno en fanegas a su equivalente en cualquier unidad de superficie del Sistema Métrico Decimal no es fácil, y si además se busca una cierta precisión aún menos. En este proceso una vez hayamos encontrado o decidido si las fanegas (fanegas de superficie) son de tal o cual población (y seguramente con esta información ya sabremos cuántos estadales tiene la fanega local y de cuantos pies es) todavía nos faltará pasar de varas a metros y por lo tanto, y como dato final (esta información también nos vendrá ligada con la población de donde eran las fanegas) averiguar si la vara que se usó para medir el campo era, como ejemplos, o la de Madrid o la de Burgos.
Sea cual sea, sin embargo, el valor de vara que elijamos debemos pensar que su equivalencia en metros no será nunca correcta puesto que el patrón ya no lo era. Vemos algunas opiniones a la hora de encontrar equivalencias entre la vara y la toise o toesa (1), que era junto con el pie de Rey, o pie de París, una unidad de medida bastante importante y aceptada en la época; era la unidad de medida de longitud de Francia y si hablamos de la relación vara a toesa o toise es porque la toesa, a pesar de que su patrón también era problemático (2), es la referencia más directa al metro (3). Os invitamos a hacer los cocientes y comparaciones entre las siguientes equivalencias:

Tablas de reduccion - Phelipe Medrano

   
Felipe Medrano en sus "Tablas de reducción que comprenden quantas comparaciones pueden hacerse entre el Pie, y Vara de Castilla, y Pie de Rey, y Toisa de Paris en longitud quadrado, y cúbico", del año 1748, nos dice: " ... me parecio conveniente formar estas Tablas por las quales puede saberse la justa correspondencia que entre si tienen los Pies con la Vara de Castilla, y los pies de Rey con la Toisa, como también la diferencia de los Pies, y Varas de Castilla a los Pies de Rey, y Toisas entre si comparados. Para que saliesen ajustadas hice contrastar una barra de metal bien dispuesta de longitud de vara castellana, y comparada al Pie de Rey, y Toisa, halle después de reiteradas experiencias, que la proporcion del Pie de Castilla con el Pie de Rey es como 1488 a 1728."
 
Jorge Juan y Antonio de Ulloa en sus "Observaciones Astronomicas y Phisicas hechas de orden de S. Mag. en los Reynos del Peru", hechas conjuntamente el año 1748, nos dicen: "... el Pie de Rey de Paris, sexta parte de la Toesa, es a la Vara de Castilla como de 144 a 371", que corresponde a la proporción de 6 a 6,9865 entre los pies de Castilla y de París.
En una segunda edición del mismo libro, publicada en 1773, y puesto que todas las comparaciones entre patrones de longitud resultaban diferentes, se añade el siguiente comentario a pie de página para intentar poner fin a una discusión sobre la equivalencia entre la vara de Burgos o de Castilla y el Pie de Rey de París y por lo tanto con la toesa o toise francesa: "y despues de bien examinado por varios se halló que la verdadera relación es de 3 con 7", es decir de 6 a 7 entre los pies de Castilla y los pies de París.
 
Gabriel Ciscar nos hace dos comentarios que pensamos que son bastante claros:
En la "Memoria Elemental sobre los nuevos pesos y medidas decimales fundados en la naturaleza" de l’any 1800, y lo repite en los "Apuntes sobre medidas, pesos y monedas" publicado el año 1821: "La famosa vara de Burgos esta torcida, y tan mal esquadrada por sus extremos, que entre las longitudes de una y otra cara, y la distancia entre dos piezas apoyadas contra sus extremidades, se encuentran diferencias de mas de un quarto de línea. El patrón original de Burgos difiere cerca de un décimo y medio de línea del que se conserva en el archivo de Toledo. Verdad es que estas diferencias pudieran despreciarse en las operaciones ordinarias del comercio: pero ¿acaso el uso de las medidas esta exclusivamente limitado a empresas mercantiles?"
En la "Memoria Elemental sobre los nuevos pesos y medidas decimales fundados en la naturaleza" (año 1800) también hace el siguiente comentario: "... si se nos pregunta que cosa es la vara de Burgos, solo podemos responder que es una vara de hierro algo torcida, toscamente hecha, muy mal terminada por sus extremos, que se conserva en el archivo de Burgos etc, sin que haya fuera de ella misma otra extensión que determine su verdadera longitud. Ahora bien, dicha barra es mas larga en verano que en invierno ..."
 
(1) Una toise o toesa son 6 pies de Rey o de París. Un pie son 12 pulgadas y una pulgada son 12 líneas. La "toesa" fue la unidad fundamental de medida de longitud en Francia hasta la adopción del Sistema Métrico Decimal.
(2) Invitamos a visitar nuestro otro apartado Pies y toises, donde lo tratamos con algo más de detalle, y también la wikipedia
(3) La primera equivalencia (no su definición) que se fijó para el metro fue, el 1 de agosto del año 1793, la de 1 metro como 3 pies y 11,44 líneas (equivalente a 0,5132430 toesas), y la segunda y definitiva relación, el 10 de diciembre de 1799, fue la de 1 metro es igual a 3 pies y 11,296 líneas (equivalente a 0,5130740 toesas).
Además de estas dos equivalencias han habido otras modificaciones de equivalencias y definiciones del metro, pero todas más de tipo científico que no legislativo. Recomendamos una visita aquí: Bureau International des Poids et Mesures , y aquí: https://es.wikipedia.org/wiki/Metro
 
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