www.fuentepalmera.org |
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La
colonización de Sierra Morena y Andalucía de 1767-1768 y |
el Fuero de las Nuevas
Poblaciones |
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A cada
vecino Poblador se le darà, en lo que llaman navas ò campos,
cincuenta fanegas de tierra, de labor, por dotacion y repartimento
suyo: bien entendido que si alguna parte del terreno del respectivo
lugar fuere regadìo, se repartirà à todos proporcionalmente lo que les
cupiere, para que puedan poner en èl huertas, ù otras industrias
proporcionadas à la calidad, y exigencia del terreno, quedando de cuenta
de los Pobladores el abrir la zanja ò acequia para el riego, y acudir à
sus reparos con igualdad, respecto à prorratearse entre todos el
disfrute. |
(Artículo VIII de "Real Cédula de Su Magestad,
y Señores de su Consejo, que contienen la Instrucción, y Fuero de
población, que se debe observar en las que se formen de nuevo en la
Sierramorena con naturales, y estrangeros Católicos - Madrid, 5 de
julio de 1767") |
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Varas, fanegas y otras
unidades de medida |
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Por poco que se busque o se consulte
información sobre la colonización de Sierra Morena y Andalucía
aparecerán con frecuencia unidades de medida de la época, desconocidas
para la mayoría, y que hoy en día están generalmente fuera de uso. Un
ejemplo claro son aquellas "cincuenta fanegas de tierra, de labor" que
teóricamente recibirían los colonos al llegar a su destino; otras
unidades de medida "desconocidas" que pueden aumentar nuestro
desconcierto son las varas, los pies, etc. |
Y antes de que desesperéis os explicaremos
el final: Una fanega de sembradura o fanega (fanega superficial) son de
forma general 6439.5617 m²;
y más concretamente en Fuente Palmera y en la provincia de Córdoba
6121.2287 m².
Aunque es mejor si continuáis leyendo. |
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Cincuenta
fanegas de tierra |
Una fanega es una unidad de medida de
capacidad para áridos y de un valor muy variable para cada lugar. Una
fanega de puño, o fanega de sembradura, es el espacio de tierra en que
se puede sembrar una fanega de trigo. Una fanegada o fanega de
tierra es precisamente la medida superficial agraria de la que queremos
conocer su extensión. |
En casi todos los textos consultados,
cuando se habla de la medida de superficie la palabra que se utiliza más
habitualmente es "fanega", sin más, en lugar de lo que sería académicamente
correcto: fanegada, fanega de sembradura o fanega de tierra. |
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Estas son las definiciones on line
para
fanega,
fanega de sembradura,
fanega de tierra
y
fanegada
de la Real Academia Española de la Lengua (RAE) |
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fanega: Medida de
capacidad para áridos que, según el marco de Castilla, tiene 12
celemines y equivale a 55,5 l, pero es muy variable según las
diversas regiones |
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de España. |
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fanega de puño o fanega de sembradura:
Espacio de tierra en que se puede sembrar una fanega de trigo. |
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fanega de tierra: Medida
agraria que, según el marco de Castilla, contiene 576 estadales
cuadrados y equivale a 64,596 áreas, pero varía según las regiones. |
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fanegada: Fanega de
tierra. |
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Ahora ya podemos pasar fácilmente de áreas a m²
(resultarían 6459,6 m²) y podríamos, por segunda vez, cerrar el tema.
Pero no lo vamos a hacer todavía porque el valor indicado on line
por la RAE no es correcto (esta afirmación la repetiremos
posteriormente), pues el valor de 6439,5617 m² que hemos dado en primer
lugar es claramente distinto. Por lo tanto vamos a intentar deducirlo
nosotros empezando a buscar un poco antes en el tiempo: |
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En el Diccionario de la Lengua
Castellana de la Real Academia Española, edición de 1732,
encontraremos las siguientes definiciones: |
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fanega: Medida de
granos y otras semillas que contiene doce celemines, y es la quarta
parte de lo que en castilla llaman una carga de trigo, porque
cabiendo en |
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ella cerca de quatro arrobas de trigo, puede llevar un macho quatro fanegas. |
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fanega de sembradura:
El espacio de tierra en que se puede sembrar una fanega de grano. |
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fanega de tierra: El
espacio de tierra que contiene quatrocientos estadales quadrados, y
en las dehesas quinientos. |
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fanegada: Lo mismo
que fanega de tierra u de sembradura. |
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Estas definiciones no nos son de mucha
utilidad, no sólo no nos ayudan a saber cuántos metros cuadrados o
hectáreas son una fanega sino que nos traen dos interrogantes nuevos:
¿Que es un estadal? y ¿Cuántos estadales debemos contar, 400 o 500? |
En la primera edición posterior de este diccionario de la RAE
que hemos podido consultar, la edición del año 1780, encontramos idénticas definiciones que en la que acabamos de
ver del año 1732. |
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Seguimos una línea cronológica donde citamos
en todo momento el primer diccionario que hemos encontrado, de los que
hemos podido tener acceso, con un cambio en la definición. La décima
edición (1852), con respecto a las palabras consultados, es igual a la
de 1826; la siguiente que hemos podido consultar es la de 1899 (decimotercera
edición), por tanto no sabemos si por en medio ha habido cambios. |
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A pesar de que ya nos salimos un poco de la
época en la que nos deberíamos mover, alrededores de 1767, si
consultamos una edición de 1826 (que es una edición abreviada de la de
1822) encontraremos algunos cambios y añadidos nada animosos: Ahora
además de no saber si debemos contar 400 o 500 estadales, unidad que
todavía no sabemos que es, ¡resulta que el valor de la fanega depende
como mínimo de la provincia! |
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fanega: Medida de
áridos que hace doce celemines. |
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fanega de puño o de
sembradura: El espacio de tierra en que se puede sembrar una fanega
de trigo. |
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fanega de tierra: El
espacio de tierra que contiene quatrocientos estadales quadrados, y
en las dehesas quinientos. Esta medida es mayor en unas provincias |
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que en otras. |
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fanegada: Fanega de
tierra. |
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Vamos ahora cronológicamente un poco más
adelante y consultamos la decimotercera edición (1899); aquí ya tenemos
unos equivalentes en el Sistema Métrico Decimal que sabemos entender
bastante mejor, aunque resulta que nos lo han cambiado todo: Ya no son
ni 400 ni 500 estadales, ahora tenemos que contar 576 estadales, y
continuamos con que el tamaño de la fanega es diferente según a qué
provincia. |
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fanega: Medida de
capacidad para áridos que según el marco de Castilla tiene 12
celemines y equivale a 55 litros y medio, pero este volumen es muy
variable |
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según las diversas
regiones de España. |
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fanega de sembradura:
Espacio de tierra en que se puede sembrar una fanega de trigo. |
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fanega de tierra:
Medida agraria que según el marco de Castilla contiene 576 estadales
cuadrados, y equivale a 64 áreas y 596 miliáreas. Su valor no es
igual en |
|
|
todas las provincias
de España. |
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fanegada: Lo mismo
que fanega de tierra u de sembradura. |
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Otra opción es consultar on line la
vigésimo segunda edición del diccionario de la Real Academia donde
obtendremos la siguiente definición de
fanega de
tierra, que veremos que
no cambia casi nada si la comparamos con la de antes de 1899: |
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fanega de tierra:
Medida agraria que, según el marco de Castilla,
contiene 576 estadales cuadrados y equivale a 64,596 áreas. Esta
cifra varía según las
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regiones. |
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Tal y como nos indican las últimas
definiciones de "fanega de tierra" este valor de superficie es muy
variable entre provincias e incluso lo es de pueblo a pueblo; esto entre
otros motivos puede tener su explicación en la cosecha que se obtenga en
cierta superficie habiéndola sembrado con una fanega de grano,
dependiendo por lo tanto de la calidad de la tierra y de si esta es de
secano o regadío. |
En definitiva: No hay en ninguna parte una
definición que nos diga que una fanega es esto y sólo esto, o que una
fanega vale tanto y sólo tanto. |
Si esta cifra es tan variable ¿porque nos
dan desde hace muchos años un valor en concreto en el diccionario de la
RAE? Pues simplemente porque este es el valor único para la fanega que
por ley debería, o había, de contemplar en compraventas, herencias o en
papeles oficiales como un intento más, de los muchos que ya hace siglos
había habido por Castilla , para unificar las diversas unidades de
medida. Sin embargo las diferencias y variantes del valor de la fanega
se mantienen aún hoy en día. |
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Para que no haya dudas: 1 área son 100 m² y
1 hectárea (ha) son 10.000 m² (que podrían ser un cuadrado de 100 metros
x 100 metros). A partir de aquí y con lo dicho hasta ahora ya podríamos
calcular el valor de longitud en metros de un estadal, o el valor de
superficie en metros cuadrados de un estadal cuadrado, y ya podríamos
cerrar el tema. Pero no lo haremos porque el valor para una fanega de
64.596 áreas, del diccionario de la Real Academia Española, no es
correcto y no corresponde a ninguna variante local; por lo que hemos
visto, se arrastra esta errata al menos desde 1899. El valor correcto
para una superficie de una fanega lo encontraremos y lo sabremos si
leemos un poco más abajo a partir de otra fuente; Este valor es
aproximadamente de 64.396 áreas o de 0,64396 ha. |
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¿Cuantos metros son
un estadal? ¿Y una vara? |
Para calcular o comprobar por nuestra cuenta
cuántas hectáreas o metros cuadrados son una fanega necesitamos saber el
valor (y en qué unidades) de un estadal. Si empezamos consultando el
diccionario de la RAE de 1732 nos dice: |
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estadal: Medida
que se toma y forma de lo largo que tiene un hombre de pies a cabeza,
u de las puntas de
los dedos de una mano, a las de los dedos de la otra, |
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extendiendo los
brazos. Con esta medida se suelen medir de ordinario las tierras y
heredades, para las compras y ventas, y se dice que tal tierra tiene
tantos estadales de largo y tantos de ancho. |
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Poco nos ayuda esta definición ya que no nos
da ningún patrón único de medida. Si consultamos la edición de 1826
parece que nos acercamos un poco más pero nos lo dice en unas unidades
de medida (varas y pies) que aún nos son desconocidas. |
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estadal: Medida de
tierra que comúnmente consta de tres varas y dos tercias en cuadro,
o que tiene once pies. |
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La edición de 1852 ya añade que hay
variantes locales y que no encontraremos un único valor, como sucedía
con las fanegas. Y todavía no sabemos cuanto es, en metros, una vara. |
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estadal: Medida
cuadrada de tierra que comúnmente consta de tres varas y dos tercias
u once pies de lado; en algunas provincias varia según la costumbre. |
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La edición de 1899 nos da una información más
comprensible para nosotros, ya que lo hace con una aproximación en
unidades del Sistema Métrico Decimal: |
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estadal: Medida de
longitud que tiene cuatro varas, equivalente a poco mas de 3 metros
y 34 centímetros. |
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Ya tenemos una idea de lo que es y de qué
valor tiene un estadal y también de cuánto es aproximadamente una vara:
si un estadal, que son unos 3 metros y 34 centímetros, son cuatro varas
entonces una vara son (dividiendo 334/4 = 83,5) aproximadamente 0,835
metros, o 83 centímetros y medio; pero quizás todavía nos queda el
regusto de la definición de antes (la de la edición del diccionario de
1852) de que el estadal eran tres varas y dos tercias (once pies) y
ahora nos dicen que son cuatro varas (doce pies) y que localmente han
variantes. |
¿A quién nos creemos? Pues a nadie, siempre
hay que consultar el valor local tanto de la fanega como del estadal,
además de comprobar qué referencia o unidad básica se utiliza, es decir
el tipo de vara. Normalmente será la vara de Burgos (que
comentaremos en el siguiente apartado), pero hay otras como la vara de
Toledo (equivalente a 0.837 metros) o la de Madrid (0.843 metros). |
Cuidado porque hay definiciones que dicen
que el estadal es una unidad de superficie y otras, como la última, nos
dice que es una unidad de longitud. Quedémonos con que es una unidad de
longitud que se aplica en general para medir superficies de tierra,
donde deberíamos, más correctamente, decir "estadal cuadrado"; al igual
que la fanega lo es de capacidad aunque la aplicamos a superficies y
donde deberíamos decir "fanega superficial". El tema sobre el que en
cierto momento estemos leyendo o hablando nos indicará qué tipo de
unidad es. |
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Valores oficialmente correctos de una vara, de un estadal
y de una fanega de sembradura o fanega |
La Gaceta de Madrid, antiguo Boletín Oficial
del Estado, en el número de 28 de diciembre de 1852 publicó unas |
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Gaceta
de Madrid, número 6763 |
28 de
diciembre de 1852. |
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"Tablas de correspondencia
reciproca entre las pesas y medidas métricas mandadas emplear en España
por la ley de 19 de Julio de 1849, y las que actualmente están en uso,
según resulta de los trabajos ejecutados en los años 1798 a 1800 por Don
Gabriel Ciscar y Don Agustín Pedrayes, y de las comparaciones hechas
actualmente por la Comisión de pesas y medidas entre los tipos métricos
que existen en el Conservatorio de Artes y los modelos que les han
remitido las provincias, todo en cumplimiento de lo que previene el art.
7º de la citada ley". |
Estas tablas quieren ser una mejora de las
publicadas en un número anterior de la Gaceta de Madrid, de
29 de junio de 1851,
donde redondeaba el valor de referencia o patrón adoptado de la vara
de Burgos con sólo 3 decimales, dándole un valor de equivalencia de
0.836 metros y cambiando también el redondeo de alguna otra medida
superficial. |
En el apartado de "Medidas y pesas legales
de Castilla", que son la referencia para el resto de unidades de medida
de cada provincia, nos indica, entre otros, los siguientes valores: |
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La vara de
Burgos vale 0 metros, 835905 millonesimas de metro. |
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La fanega
superficial de 9216 varas quadradas, llamada de marco real vale
64 áreas, 39 centiáreas, o metros |
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cuadrados, 56
decímetros id.,
17 centímetros id. |
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Ya hemos conseguido saber un valor en metros
para la vara y además vemos que la llaman "de Burgos", también es
conocida como vara de Castilla; la fanega superficial de 9216
varas cuadradas se llama de marco real para indicar que está
calculada con referencia a la vara de Burgos y su valor oficial en 1852
en unidades del Sistema Métrico Decimal es de 64,395617 áreas o 0,64395617
hectáreas (ha). |
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Aquel valor de 9216 varas cuadradas nos indica
que una fanega de marco real tiene 96 varas de longitud por lado (96 x
96 = 9216, o más correctamente
√9216 = 96), y
si cada estadal son 4 varas también podemos decir que la fanega tiene 24
estadal de longitud por lado (96 / 4 = 24). A partir de este último
valor podemos decir que una fanega tiene 576 estadales cuadrados de
superficie (24 x 24 = 576). |
Si vamos un poco más atrás en el tiempo
encontraremos una orden de Carlos IV, de 26 de enero de 1801, de "igualación
de pesos y medidas para todo el Reyno por las normas que se expresan"
donde se indica también que el patrón será "la vara que se conserva
en el archivo de la ciudad de Burgos" y añade, entre otras normas: |
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El
estadal para medir las tierras será de quatro varas o doce pies de
largo. |
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En cuanto a la fanega de sembradura dice: |
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La fanega de tierra será un
quadro de veinte y quatro estadales de lado, o tendrá de superficie
quinientos setenta y seis estadales quadrados; esta |
|
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fanega de tierra se dividirá en doce celemines, y cada celemin en quatro quartos o
quartillos. |
|
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Ahora podemos hacer el razonamiento anterior
al revés: 576 estadales cuadrados son un cuadrado de 24 estadal por lado
(√576
= 24), y si cada estadal son 4 varas entonces cada lado son 4 x 24 = 96
varas. Una fanega es por tanto una superficie de 96 x 96 = 9216 varas
cuadradas. |
O más directamente: 576 (estadal cuadrados)
x 16 (varas cuadradas / estadal cuadrado) = 9216 varas cuadradas. |
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Para pasar esta cantidad de 9216 varas cuadradas a metros cuadrados lo
podemos hacer convirtiendo las 96 varas de los lados a metros con la
equivalencia oficial ya conocida de: 1 vara = 0.835905 metros, por lo
tanto 96 varas x 0,835905 (metros / vara) = 80,24688 metros por cada
lado, |
Por lo tanto una fanega son 80.24688 m x
80.24688 m = 6439,5617497344 m²
(que si eliminamos decimales y lo pasamos a
áreas o hectáreas coincide con lo que ya sabíamos). |
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En resumen, y de momento, si hablamos de
superficie podemos decir que a 26 de enero de 1801 una fanega o
fanega de sembradura son 64.395617 áreas o 0.64395617 hectáreas (ha) o
6439.5617 m².
Atención porque en algún texto y por Internet hay un error que se
propaga de que son 64.596 áreas o 6.459,6 m². |
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Otros valores para
una fanega de sembradura y para un estadal |
En el párrafo anterior hemos dicho que
64.395617 áreas era "de momento" el valor de una fanega, y también hemos
ido viendo que en todas las definiciones se recalca que este valor es
variable y que depende del lugar, incluso entre un pueblo y el pueblo
vecino. |
Dos autores muy representativos para
nosotros utilizan dos equivalencias diferentes para trasladar el valor
de la fanega de superficie a hectáreas. No criticamos a ninguno de los
dos autores por la opción elegida, simplemente lo exponemos como una
muestra del desacuerdo o de la dificultad que puede haber al intentar
encontrar las equivalencias de unas superficies en hectáreas o metros
cuadrados a partir de su valor en fanegas establecido en el siglo XVIII.
De aquí nos surge otra duda que al igual que nosotros pudieron tener
entonces, en el supuesto de que actuaran honradamente o de buena fe a la
hora de medir las 50 fanegas de las suertes: ¿Qué fanega elegían? ¿La de
Córdoba? ¿La de Madrid? ¿La de Burgos o de Castilla? |
En este trabajo nuestro sobre Fuente Palmera hemos observado que María
Isabel García Cano, en su libro "La colonización de Carlos III en
Andalucía. Fuente Palmera 1768-1835", usa por sus cálculos de superficie
y convertir las fanegas al Sistema Métrico Decimal el valor de equivalencia de
0,64 hectáreas (1 fanega = 0,64 ha) que suponemos que es un redondeo a
dos cifras del valor conocido de 0,64395617 ha; es decir que ella
considera la fanega de marco real pero sólo lo aplica con dos cifras;
otra posibilidad, que consideramos sin embargo demasiado lejana, sería
que usara la fanega de Écija que según sus Respuestas Generales del
Catastro del Marqués de la Ensenada de veinte de abril de 1751 sería
equivalente a 0,6406 ha. |
En cambio Francisco Tubío Adame en "Historia de la colonia de Fuente
Palmera 1768-1900" utiliza el valor de 0,6121 hectáreas (1 fanega =
0,6121 ha) que es lo que corresponde, en 4 cifras, a la fanega que se
utiliza en la ciudad y provincia de Córdoba según la Gaceta de Madrid de
28 de diciembre de 1852 y también en las Respuestas Generales del
Catastro del Marqués de la Ensenada de la ciudad de Córdoba de once de
agosto de 1752. |
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Fragmento de la respuesta
de Córdoba a la pregunta: "De qué medidas de
tierra se usa en aquel pueblo ..." del conocido como Catastro de Ensenada
iniciado el 1749. |
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Fragmento de las "Tablas
de correspondencia reciproca entre las pesas y medidas métricas
mandadas emplear en España
..." correspondiente a las unidades de medida de la provincia de
Córdoba publicadas en la
Gaceta de Madrid de 28 de diciembre de 1852. |
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Considerando la equivalencia ya conocida de 1 vara = 0,835905 m,
este último valor de 0,6121 hectáreas es lo que resulta de una fanega
superficial de 8760 y 5/12 varas cuadradas compuesta de 666 y
⅔
estadales cuadrados, siendo aquí cada estadal longitudinal de 3
y
⅝
varas (3,625 varas) o 10 y
⅞
pies (10.875 pies); recordemos que una vara son tres pies
(1). |
Otro detalle que ya habíamos comentada es
que, al igual que el de la fanega, el valor del estadal también dependía
de la costumbre local, y así lo podemos ver ahora en el caso de la
fanega de Córdoba que considera un estadal de 10
⅞ pies y no
el de 12 pies como se pretendería en unos años posteriores (el 26 de
enero de 1801 durante el reinado de Carlos IV) con la "igualación de
pesos y medidas para todo el Reyno por las reglas que se expresan" que
ya hemos comentada anteriormente (2). |
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(1) El cálculo, con 10 cifras, es el siguiente: 666 i
⅔
estadales²
x 3,625²
(varas²/estadal²)
= 8760,416666 varas²
= 8760 i 5/12 varas² |
y su
equivalente en metros cuadrados: 666 i ⅔
estadales²
x 3,625²
(varas²/estadal²)
x 0,835905²
(metros²/vara²)
= 6121,228741 m² |
(2) En las
"Respuestas Generales del Catastro del
Marqués de la Ensenada" de la ciudad de Córdoba (1752) y a la
pregunta número nueve sobre "De
qué medidas de tierra se usa en aquel pueblo: de cuántos pasos o varas
castellanas en cuadro se compone, qué cantidad de cada especie de granos
de los que se cogen en el término se siembra en cada una" se dice : "...
y cada fanega de tierra comprehende seiscientos sesenta y seis
estadales, y dos tercios de otro, que hacen ocho mil setecientas, y
sesenta varas, y dos veinte y un abos deotra en quadro, y cada Estadal
tiene tres varas , y cinco octavas ..." |
El 1752 al calcular o al transcribir la copia alguien debió equivocarse, porqué
los "dos veinte
y un abos" deberían ser los 5/12 que resultan de multiplicar los estadales
superficiales (666 y 2/3) por las varas (3,625 x 3,625) de cada estadal que suponemos escritos correctamente
y que podemos encontrar en otras respuestas de otros pueblos de Córdoba
cercanos a la futura Fuente Palmera, como Guadalcazar, Hornachuelos o Palma
del Río. En cualquier caso si hacemos el cálculo de pasar 8760 y 2/21 varas²
o
8760 i 5/12 varas²
a
hectáreas
(0,6121004... ha frente
a 0,6121228... ha)
no resulta ninguna diferencia si se trabaja con 4 cifras. |
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La
imagen anterior del fragmento de la respuesta de Córdoba a la pregunta
número 9 del interrogatorio del Catastro de Ensenada la podréis
encontrar buscando en la provincia de Córdoba en el siguiente enlace de
Archivos Estatales - Ministerio de
Cultura (clicar en
la parte inferior, Buscador de localidades) o bien desde el siguiente
enlace si queréis acceder al inicio de la explicación y de los
documentos del
Catastro de
Ensenada. |
|
Una observación |
|
Si lo que os
interesa del
Catastro de Ensenada es la provincia de Córdoba,
una vez hayáis pulsado "Buscador de localidades" y "Córdoba"
en busca de poblaciones, encontrareis la pantalla de la imagen
de la izquierda, o similar, donde erróneamente se asocia la población de
Aldea del Río con Fuente Palmera. |
No es la Aldea
del Río que correspondería a uno de los nombres anteriores de
Ochavillo del
Río, una de las aldeas asociadas a Fuente
Palmera, dado que en 1752, que es el año de este documento, aún
no se había fundado ninguna de las Nuevas Poblaciones y por
tanto tampoco se habían fundado ni Ochavillo del Río ni Fuente
Palmera. |
Como es
sabido y conocido, Aldea del
Río es un nombre anterior de la actual
Villa del Río, ya que como indican las respuestas a la pregunta
3 del interrogatorio del Catastro de Ensenada su término
municipal limita actualmente, y al igual que en 1752, con Lopera, Montoro y Bujalance;
situados todos, si lo miramos desde Fuente Palmera, en el otro
extremo de la actual provincia de Córdoba y junto a la de Jaén. |
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Un último comentario |
Transformar con seguridad el valor de la
superficie de un terreno en fanegas a su equivalente en cualquier unidad
de superficie del Sistema Métrico Decimal no es fácil, y si además se busca una
cierta precisión aún menos. En este proceso una vez hayamos encontrado o
decidido si las fanegas (fanegas de superficie) son de tal o cual
población (y seguramente con esta información ya sabremos cuántos
estadales tiene la fanega local y de cuantos pies es) todavía nos
faltará pasar de varas a metros y por lo tanto, y como dato final (esta
información también nos vendrá ligada con la población de donde eran las
fanegas) averiguar si la vara que se usó para medir el campo era, como
ejemplos, o la de Madrid o la de Burgos. |
Sea cual sea, sin embargo, el valor de vara
que elijamos debemos pensar que su equivalencia en metros no será nunca
correcta puesto que el patrón ya no lo era. Vemos algunas opiniones a la
hora de encontrar equivalencias entre la vara y la toise o toesa
(1), que era junto con el pie de Rey, o pie de París, una unidad
de medida bastante importante y aceptada en la época; era la unidad de
medida de longitud de Francia y si hablamos de la relación vara a toesa
o toise es porque la toesa, a pesar de que su patrón también era
problemático (2), es la referencia más directa al metro (3).
Os invitamos a hacer los cocientes y comparaciones entre las siguientes
equivalencias: |
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Felipe Medrano en sus "Tablas de
reducción que comprenden quantas comparaciones pueden hacerse entre el
Pie, y Vara de Castilla, y Pie de Rey, y Toisa de Paris en longitud
quadrado, y cúbico", del año 1748, nos dice: " ... me parecio
conveniente formar estas Tablas por las quales puede saberse la justa
correspondencia que entre si tienen los Pies con la Vara de Castilla, y
los pies de Rey con la Toisa, como también la diferencia de los Pies, y
Varas de Castilla a los Pies de Rey, y Toisas entre si comparados. Para
que saliesen ajustadas hice contrastar una barra de metal bien dispuesta
de longitud de vara castellana, y comparada al Pie de Rey, y Toisa,
halle después de reiteradas experiencias, que la proporcion del Pie de
Castilla con el Pie de Rey es como 1488 a 1728." |
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Jorge Juan y Antonio de Ulloa en sus "Observaciones
Astronomicas y Phisicas hechas de orden de S. Mag. en los Reynos del
Peru", hechas conjuntamente el año 1748, nos dicen:
"... el Pie de Rey de Paris, sexta parte de la Toesa,
es a la Vara de Castilla como de 144 a 371", que corresponde a la
proporción de 6 a
6,9865 entre los pies de Castilla y de París. |
En una segunda edición del mismo libro,
publicada en 1773, y puesto que todas las comparaciones entre patrones
de longitud resultaban diferentes, se añade el siguiente comentario a
pie de página para intentar poner fin a una discusión sobre la
equivalencia entre la vara de Burgos o de Castilla y el Pie de Rey de
París y por lo tanto con la toesa o toise francesa: "y despues de
bien examinado por varios se halló que la verdadera relación es de 3 con
7", es decir de 6 a 7 entre los pies de Castilla y los pies de París. |
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Gabriel Ciscar nos hace dos comentarios que
pensamos que son bastante claros: |
En la "Memoria
Elemental sobre los nuevos pesos y medidas decimales fundados en la
naturaleza" de l’any 1800, y lo repite en los "Apuntes
sobre medidas, pesos y monedas"
publicado el año 1821: "La famosa vara de Burgos esta torcida, y tan
mal esquadrada por sus extremos, que entre las longitudes de una y otra
cara, y la distancia entre dos piezas apoyadas contra sus extremidades,
se encuentran diferencias de mas de un quarto de línea. El patrón
original de Burgos difiere cerca de un décimo y medio de línea del que
se conserva en el archivo de Toledo. Verdad es que estas diferencias
pudieran despreciarse en las operaciones ordinarias del comercio: pero ¿acaso
el uso de las medidas esta exclusivamente limitado a empresas
mercantiles?" |
En la "Memoria Elemental
sobre los nuevos pesos y medidas decimales fundados en la naturaleza"
(año 1800)
también hace el siguiente comentario: "... si se nos pregunta que cosa
es la vara de Burgos, solo podemos responder que es una vara de hierro
algo torcida, toscamente hecha, muy mal terminada por sus extremos, que
se conserva en el archivo de Burgos etc, sin que haya fuera de ella
misma otra extensión que determine su verdadera longitud. Ahora bien,
dicha barra es mas larga en verano que en invierno ..." |
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(1) Una
toise o toesa son 6 pies de Rey o de
París. Un pie son 12 pulgadas y una pulgada son 12 líneas. La "toesa"
fue la unidad fundamental de medida de longitud en Francia hasta la adopción
del Sistema Métrico Decimal. |
(2) Invitamos a visitar nuestro otro
apartado
Pies y toises,
donde lo tratamos con algo más de detalle, y también la
wikipedia |
(3) La primera equivalencia (no su definición) que
se fijó para el metro fue, el 1 de agosto del año 1793, la de 1 metro como 3 pies
y 11,44 líneas (equivalente a
0,5132430 toesas), y la segunda y definitiva relación, el 10 de diciembre
de 1799, fue la de 1 metro es igual a 3 pies y 11,296 líneas (equivalente a 0,5130740 toesas). |
Además de estas dos equivalencias han
habido otras
modificaciones de equivalencias y definiciones del metro, pero todas más de
tipo
científico que no legislativo. Recomendamos una visita aquí:
Bureau International des Poids et Mesures
, y aquí:
https://es.wikipedia.org/wiki/Metro |
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